26/02/2026.- Ya se puede solicitar la ayuda del ‘Cheque Escolar’ para el curso 2026/2027 con la que se pretende garantizar la libre elección de centro en Educación Infantil y facilitar la conciliación
- El concejal de Educación, Pascual Molina, explica que cubre la asistencia a escuelas infantiles privadas en el primer ciclo de Educación Infantil, de 0 a 3 años, para familias con un límite de renta de 60.000, 65.000 o 70.000 euros, según los componentes de la unidad familiar
- Señala que el importe de los cheques será de 100, 80 y 60 euros al mes en función de la renta per cápita de las personas beneficiarias
- Recuerda que en la última convocatoria se concedieron 560 ayudas, atendiéndose todas las peticiones que cumplían los requisitos, con un importe mensual de 49.660 euros de septiembre a junio
- Las solicitudes se pueden presentar de forma telemática a través de la página web del Ayuntamiento/sede electrónica, o de manera presencial en la Oficina Municipal de Atención a la Ciudadanía de la calle Iris, 9
26 de febrero de 2026. El concejal de Educación, Pascual Molina, ha informado de la apertura del plazo para solicitar la ayuda del ‘Cheque Escolar’ para el presente curso 2026/2027, que en total asciende a 500.000 euros, hasta el próximo 18 de marzo (inclusive), con la que el Equipo de Gobierno pretende un año más “universalizar el derecho a la educación desde edades tempranas, favorecer la conciliación familiar y garantizar la libre elección de centro por parte de las familias”.
Una solicitud que, tal y como ha explicado el concejal, puede presentarse de forma telemática con certificado digital a través de la página web del Ayuntamiento/sede electrónica, o de manera presencial en la Oficina Municipal de Atención a la Ciudadanía de la calle Iris, 9.
Según ha señalado Pascual Molina, el ‘Cheque Escolar’ cubre la asistencia a escuelas infantiles privadas autorizadas en el primer ciclo de Educación Infantil, es decir, de 0 a 3 años, durante el presente curso, recordando que hace dos años esta partida aumentó casi un 40 por ciento hasta llegar a los 500.000 euros actuales como un ejemplo más del compromiso del Equipo de Gobierno con las familias albaceteñas, con la educación y con la igualdad.
El concejal ha explicado que, en caso de que la solicitud resulte beneficiaria, la ayuda del ‘Cheque Escolar’ se recibirá en forma de un descuento en cada una de las facturas mensuales de la Escuela Infantil durante el curso 2026/2027, dependiendo del importe de la renta per cápita de 2024 de la unidad familiar.
Pascual Molina ha señalado que el límite de renta para acogerse a estas ayudas será de 60.000 euros para familias de hasta 4 miembros, por lo que debe presentarse la última declaración de IRPF; en el caso de familias con cinco miembros, el límite es de 65.000 euros, y para unidades familiares de 6 o más miembros, de 70.000 euros.
El concejal ha explicado que la concesión de las ayudas tendrá en cuenta la renta per cápita de cada uno de los miembros de la unidad familiar, y el importe de los cheques será de 100, 80 y 60 euros al mes, en función de la renta per cápita de las personas beneficiarias.
Para mantener el derecho a cobrar la ayuda, Pascual Molina ha señalado que las ausencias justificadas al centro deberán tener carácter puntual, y a lo largo del curso escolar no podrán exceder en ningún caso los 30 días.
Según ha recordado el concejal, en la última convocatoria se concedieron 560 ayudas, con un importe mensual total de 49.660 euros durante los meses de septiembre a junio, y se atendieron todas las peticiones que cumplían los requisitos.
Para más información sobre las bases reguladoras de la convocatoria y acceder al modelo de solicitud presencial, pueden dirigirse a la siguiente dirección: https://www.albacete.es/es/noticias/cheque-escolar-curso-20262027.
¿Como se solicita el Cheque escolar?
La solicitud se ajustará al modelo oficial establecido como Anexo l, y se podrá presentar telemáticamente a través de la página web institucional del Ayuntamiento de Albacete www.albacete.es (sede electrónica), o presencialmente en el Registro General del Ayuntamiento de Albacete, o en cualesquiera otros registros previstos en el art. 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- SOLICITUD TELEMÁTICA. se cumplimentará debidamente:
Solicitud electrónica de «Cheque Escolar» firmada electrónicamente por los dos peticionarios, si ambos disponen de Certificado de Firma Electrónica. En caso de que sólo uno de los peticionarios disponga de certificado de firma electrónica, deberán adjuntar a la solicitud el Poder de representación, por la cual el solicitante que no firma la solicitud electrónica autoriza al firmante a realizar el trámite de solicitud y manifiesta su conformidad 0 disconformidad con la consulta de IRPF y Padrón Municipal por parte del Ayuntamiento. Este poder no será necesario en el supuesto de familias monoparentales. (Se adjuntará la documentación exigida en la presente convocatoria) - SOLICITUD PRESENCIAL. se cumplimentará debidamente:
EI modelo de instancia de Cheque Escolar, que podrá ser descargado en la página web o recogerlo en el Registro General del Ayuntamiento, firmado por ambos proqenitores/as. tutores/as representantes leqales. excepto en el supuesto de familias monoparentales.
(Se adjuntará la documentación exigida en la presente convocatoria).
Con carácter previo a la presentación de la solicitud se podrá obtener información en el Negociado de Educación sobre la solicitud y ocumentación necesaria (educacion@avto- albacete.es, teléfono 967 59 61 38).
EI plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles contados a partir del siguiente a la publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Albacete.
A la solicitud se deberá acompañar la siguiente documentación:
1)Documento de identidad (NIF, NIE o permiso de residencia) de los solicitantes.
2)Libro de Familia y/o Documento acreditativo del nacimiento que certifique: La relación del niño con los progenitores/as, tutores/as, representantes legales. La situación familiar declarada (monoparental. ..).
3) Declaración/es del IRPF 2022 0 certificado equivalente, para acreditar la situación económica familiar. No será necesaria su presentación en caso de autorizar la consulta al Ayuntamiento de Albacete.
d) Certificado de empadronamiento. No será necesaria presentación en gaso de autorizar la consulta al Ayuntamiento de Albacete.
Documento que acredite la situación de discapacidad. Certificado de discapacidad expedido por la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha o cualquier otra administración pública competente.
EI / La solicitante se hace responsable de la veracidad de los datos y documentación aportada. La obtención de una subvención falseando las condiciones requeridas para su concesión, o bien ocultando las que hubiesen impedido o limitado la misma, constituye una infracción muy grave (art. 58 LGS), dando lugar a la responsabilidad correspondiente.
Excepcionalmente, la solicitud será efectuada sin estar sometida al plazo de presentación o resolución ordinario, para el caso de propuestas efectuadas directamente por el Centro Municipal de la Mujer y Servicio de Acción Social del Ayuntamiento de Albacete, por circunstancias sobrevenidas, para favorecer la incorporación inmediata de mujeres víctimas de violencia de énero a rocesos formativos laborales.
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